En merito de las razones de hecho y de derecho que preceden expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, los Recursos de Apelación interpuestos por la ABG. CRISEIDA VALLENILLA JARAMILLO, con el carácter de Defensora Privada del imputado RAFAEL ANDRÉS NARVÁEZ JARAMILLO; el Profesional del Derecho JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, actuando como defensor privado de los ciudadanos MARIA ANGÉLICA ANÍBAL, ROSIRIS MERCEDES GOLINDANO y JONATAN GUIDERTH ROJAS VELÁSQUEZ; y, el ciudadano JESÚS ENRIQUE SUZARRA, debidamente asistido por el ABG. JOSÉ GREGORIO SUÁREZ MOSQUEDA, en el proceso penal contenido en el Asunto Principal signado con el alfanumérico NP01-P-2009-003030, instaurado en su contra.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia impugnada, en los términos expresados en esta decisión, negándose todos los.....