Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 3° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 269 eiusdem, en el juicio que por REIVINDICACION intentado por el ciudadano ELIO HORACIO HERNANDEZ CABRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 911.891, contra el ciudadano ALEXIS DE JESUS AREVALO ISLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 911.891.