Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada contra de la decisión dictada en fecha 26 de abril de 2007, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay y en consecuencia SE REVOCA la anterior decisión SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, interpuesta por el ciudadano ABELARDO JOSÉ GONZÁLEZ ROJAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.281.618, contra el FONDO DE CRÉDITO AGROPECUARIO DEL ESTADO ARAGUA (FONCREA). TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.