Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Bancario y para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA POR CUMPLIMIENTO DE CONTRATO VERBAL DE OBRAS CIVILES, intentada por el ciudadano FLORENTINO SALCEDO MARTINEZ, cedulado V-8.686.020, representado por los abogados VICTOR FERNANDEZ Y JOHAN LEON, I.P.S.A Nros 56.498 y 167.944 contra los ciudadanos JUAN LUIS LEON RODRIGUEZ Y GUSTAVO ADOLFO SALAZAR PALMA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro V 4.407.983 y V14.684.708; SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la parte ACTORA resulto totalmente vencida en el presente juicio, se le condena al pago de las costas procesa.....