D E C I S I Ó N
Por todas las razones antes expuestas, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, formulada por los ciudadanos, CLAUDIANA DE LA CARIDAD FERNANDEZ DIAZ y PRESLEY DE JESUS CELIZ GAMBOA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.720.902 y V-13.417.732, respectivamente, con números telefónicos: con números telefónicos: 0424-225.40.61 y 0414-245.72.71, en su orden, asistidos por el abogado en ejercicio ENRIQUE ASDRUBAL ARCIA JACOME, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.907.584 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 226.260, quien actúo en apoyo de la Gestión Social del Tribunal Móvil, Coordinada por el Poder J.....