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Decisiones del dia 21/11/2008

Formato:  Ficha  Lista

Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AC.9418 N° Sentencia : Fecha: 21/11/2008
Procedimiento:
Amparo
Partes:
ANA ARCUDI, CONTRA EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO, PROTECCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, , CON SEDE EN LA VICTORIA.
Resumen:
En el caso de marras, advierte este Despacho, que habiendo revisado y analizado en forma minuciosa y con sumo detenimiento las actas que conforman el presente expediente, no se observó la consignación de documentación suficiente, que fundamente la presunción del buen derecho, invocada por la parte Solicitante; por lo que se hace necesario resaltar, que las Medidas Cautelares solicitadas, solo pueden proceder, mediante el cumplimiento de los extremos de Ley, (la presunción del buen derecho Fumus Boni Iuris y el Periculum in Mora), los cuales son como se dijo supra requisitos concurrentes para decretar la medida, de allí que al no observarse el cumplimiento del primero de ellos, y con fundamento a los anteriores razonamientos este Tribunal no le queda otra alternativa que declarar IMPROCEDENTES, las medidas solicitadas. Y ASÍ SE DECIDE.
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : Exp.CA-9442. N° Sentencia : Fecha: 21/11/2008
Procedimiento:
Recurso Contencioso Administrativo N/Efectos Part
Partes:
FLOR ALICIA PÉREZ DE MANZO CONTRA ACTO ADMINISTRATIVO DE FECHA 5 DE MAYO DE 2008, DICTADO POR EL PROFESOR: VICENTE FERRI BOZZI, EN SU CONDICIÓN DE COORDINADOR DE LA ASIGNATURA ANATOMÍA HUMANA, UNIVERSIDAD DE CARABOBO, ESCUELA DE MEDICINA, FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD, VALENCIA, VENEZUELA
Resumen:
En consecuencia, atendiendo al criterio antes mencionado, establece este Juzgador que, por cuanto este Despacho solo tiene competencia de los hechos que ocurran en los Estados Aragua y Guárico, ya que su denominación es Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, y no para conocer de los hechos ocurridos en el Estado Carabobo, en consecuencia, este Tribunal Superior se declara Incompetente para conocer del presente caso, declarando la competencia en el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial Centro Norte, con sede en Valencia, Estado Carabobo, a quien se ordena remitir las presentes actuaciones en su oportunidad.
Juez/Ponente:
Domingo Efrén Zerpa Naranjo
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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