este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua administrando justicia por autoridad de la Ley y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, instaurado por C.A., HIDROLOGICA DEL CENTRO (HIDROCENTRO) filial de HIDROVEN, debidamente constituida por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción del estado Carabobo, el día 02 de agosto de 1998, bajo el N° 47, Tomo 6-A., modificados sus Estatutos Sociales en fecha 26 de junio de 1996, quedando anotado bajo el N° 21. Tomo 86, contra INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, URDANETA, SAN SEBASTIÁN, ZAMORA, JOSÉ ÁNGEL LAMAS, SAN CASIMIRO Y CAMATAGUA DEL ESTADO ARAGUA; por la no comparecencia de la Parte Recurrente a la audiencia de juicio Oral y Pública ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, todo ello de conformidad con lo establecido el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Ad.....