Por las razones antes señaladas, este Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con base en los Artículos 185-A del Código Civil y 12 del Código de Procedimiento Civil; declara: Con Lugar la acción de Divorcio intentada por los ciudadanos: EVARISTO CASTILLO y LOURDES XIOMARA MEZA DE CASTILLO, cónyuges, casados, mayores de edad, civilmente hábiles; domiciliados el primero en el barrio Caroní, casa Nº 2455 en San Félix, Estado bolívar y la segunda en el sector Caroní, casa Nº 1320 en San Félix, Estado Bolívar y titulares de las cédulas de identidades N° V- 4.979.356 y 8.925.074, respectivamente.- DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, no existen bienes que liquidar.-----------------------------