DISPOSITIVA
Este Juzgado Segundo en Funciones de Control de Primera Instancia de la Sección Penal de Responsabilidad de Adolescente de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, Decide: PRIMERO: Acuerda Declinar la Competencia, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 80 del Código Orgánico Procesal Penal al Tribunal Primero de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal de Carabobo. SEGUNDO: Se acuerda sin lugar la solicitud requerida por la defensa, en cuanto a una medida menos gravosa. TERCERO: Se acuerda remitir las presentes actuaciones al Tribunal Primero de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal de Carabobo, por cuanto la misma se encuentra solicitado Según Oficio 2420 de Fecha13-09-2004. CUARTO: Se mantiene la detención de la ciudadana xxx, y se ordena el traslado inmediato d.....