DISPOSITIVA:
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE DEMANDA QUE POR DESALOJO intentó el ciudadano: WILLIAM DAVID MARTIN ALAPONTE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.757.441, actuando en su carácter de Apoderado del ciudadano: Juan Carlos Martín Alaponte, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.437.862, contra la ciudadana VIDALVIS DEL CARMEN NIETO CALDERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 17.298.731.- En consecuencia, se ordena el Desalojo del inmueble objeto del presente proceso constituido por un cuarto de habitación que esta comprendido dentro de una casa Quinta de su propiedad ubicada en la Calle Chama Parcela Nro. 52 agrupamiento del Sector 03, Primera Etapa de la Ur.....