Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada en fecha 24 de Noviembre de 2009, a través del Procedimiento por Admisión de los Hechos contemplado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de este Circuito Judicial Penal; mediante la cual CONDENO al ciudadano LUIS EMILIANO GUZMAN, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-12.154.475, natural de la Maturín Estado Monagas, fecha de nacimiento 19/05/1960, de 49 años de edad, estado civil soltero, hijo de Luisa Guzmán (v) y Ramón Arreaza (v), domiciliado en el Sector Viento Fresco, calle El Stadium, casa s/n, vía Punta de Mata, Municipio Ezequiel, Estado Monagas; actualmente en el Internado Judicial de esta Entidad Federal; a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL