DISPOSITIVA
En razón de lo antes expuesto, este Juzgado en Función de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confieren los artículos 645, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, emite lo siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA el CESE de la medida PRIVACION DE LIBERTAD, en virtud del cumplimiento total de la misma por parte del sancionado A.J.V.B.(IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, natural de Maracay, estado Aragua, nacido en fecha 13/11/01, de 16 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 29.837.362, de oficio caletero, residenciado en el Barrio Los Cocos, calle Sucre, casa N° 83, Maracay, estado Aragua, quien se encuentra actualmente recluido en el Centro de Medidas Privativas de Libertad "Simón Rodríguez" (SAPANNA), por lo que se ordena librar la respectiva .....