Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley, y verificados los requisitos anteriores, esta Corte de Apelaciones con competencia en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, impartiendo Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: Se Admite el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el Abogado Edgar Fernando Herrera Rios, inscrito en el Instituto de Previsión social del Abogado (InpreAbogado)bajo el número 170.414, en su carácter de defensor privado del ciudadano Pedro Luís Lara Montoya, identificado con la cédula de identidad número V.- 13.517.873, en contra de la decisión de fecha 19.10.2021 emanada del Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas de este Circuito
Segundo: Esta Corte de Apelaciones se pronunciará ante la controversia jurídica dentro de los cinco (05) días sigu.....