En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar solicitada por la parte actora y, en consecuencia, PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL, sobre Bienes muebles pertenecientes a la parte Demandada Sociedad Mercantil MADERAS LA ROLA, C.A., Inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción judicial del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 04 de Julio del 2.018, bajo el N° 82, Tomo 55-A; y modificadas en fecha 26 de diciembre del año 2018 , quedando inserta bajo el N° 86, Tomo 112-A, en fecha 16 de Enero del 2.019, quedando inserta bajo el N° 53, Tomo 3-A; en fecha 20 de Noviembre del 2.020, quedando inserta bajo el N° 29, Tomo 25-Ay en fecha 01 de Julio del 2.022, .....