PRIMERO:IMPROPONIBLE la tercería forzosa en cuestión por lo tanto se deja sin efecto la admisión de la mismaproducida en fecha 31-10-2022, folio (60), de la presente demanda por SIMULACIÓN, interpuesta por laciudadanaMILEIDY MARIA VIZCAYA FUENTES,venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°V-14.578.234, debidamente asistida por el abogado en ejercicio Néstor Alfonzo Rondón González, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 11.134,contra los ciudadanos HECTOR JOSE VIZCAYA y MARIBEL VIZCAYA FUENTESambos venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad N° V-4.801.756 y V-12.139.995, respectivamente, y eltercero forzoso de cujusELEAZAR APONTE OSTA (+),quien fuera titular de la cédula de identidad N° V- 5.267.499.SEGUNDO: Se ordena notificar a las partes y/o a sus apoderados judiciales productode la paralización de la causa advirtiendo que esta quedará reanudada al día siguiente una vez que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas haci.....