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Decisiones del dia 22/03/2010

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Decimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
Paginas 1 [Total de sentencias: 5] Página 1 de 1
N° Expediente : AH1A-V-2008-000036 N° Sentencia : Fecha: 22/03/2010
Procedimiento:
Perención De Instancia
Partes:
NORMAN MIGUELINA MOYA PONCE Y MIGUEL ENRIQUE CORREA VS TRANSPORTE DE VALORES BANCARIOS TRANSBANCA, C.A.
Resumen:
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PERIMIDA la presente instancia y la EXTINCION del proceso que por DAÑOS Y PERJUICIOS incoara los ciudadanos NORMAN MIGUELINA MOYA PONCE y MIGUEL ENRIQUE CORREA contra la sociedad mercantil TRANSPORTE DE VALORES BANCARIOS TRANSBANCA , C.A., y el ciudadano YOMAR IGNACIO OJEDA MONTENEGRO, ampliamente identificados al inicio de este fallo.- SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, y por la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.- TERCERO: Se ordena el desglose y la devolución de los documentos originales consignados en el presente expediente, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 ibidem.-
Juez/Ponente:
María del Socorro Camero Zerpa
Organo:
Juzgado Decimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
arriba

N° Expediente : AH1A-X-2008-000116 N° Sentencia : Fecha: 22/03/2010
Procedimiento:
Medida De Embargo Preventivo
Partes:
VENEZOLANO DE CREDITO S.A. BANCO UNIVERSAL VS FLORENCIA BEATRIZ MARAVER DE MOLINES Y FRANCISCO MOLINES MARTINEZ
Resumen:
. En consecuencia, por cuanto del análisis de la demanda y de los recaudos acompañados a la misma, se desprende presunción de obligación de pagar cantidades de dinero, el Tribunal sin prejuzgar sobre ningún otro extremo de forma, ni de fondo, decreta de conformidad con lo dispuesto en los artículos 585, 588 y 646 del Código de Procedimiento Civil, medida de EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de VEINTICUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 24.259.200,oo), que comprende el doble de la suma demandada en pago, más las Costas Procesales prudencialmente calculadas por este Juzgado en un Diez por ciento (10%) del monto adeudado, que asciende a la cantidad de UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.155.200,oo), cifra ésta ya incluida en el monto anterior. Si la medida de embargo recayese sobre cantidades líquidas de dinero, esta deberá practicarse hasta cubrir l.....
Juez/Ponente:
María del Socorro Camero Zerpa
Organo:
Juzgado Decimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
arriba

N° Expediente : AH1A-X-2008-000074 N° Sentencia : Fecha: 22/03/2010
Procedimiento:
Medida De Embargo Preventivo
Partes:
VENEZOLANO DE CREDITO S.A., BANCO UNIVERSAL VS ROMULO ALBERTO SEGNINI SALAS
Resumen:
En consecuencia, por cuanto del análisis de la demanda y de los recaudos acompañados a la misma, se desprende presunción de obligación de pagar cantidades de dinero, el Tribunal sin prejuzgar sobre ningún otro extremo de forma, ni de fondo, decreta de conformidad con lo dispuesto en los artículos 585, 588 y 646 del Código de Procedimiento Civil, medida de EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLÍVARES FUERTES CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 67.534,44), que comprende el doble de la suma demandada en pago, más las Costas Procesales prudencialmente calculadas por este Juzgado en un 25% del monto adeudado, que asciende a la cantidad de SIETE MIL QUINIENTOS TRES BOLÍVARES CON OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 7.503,82), cifra ésta ya incluida en el monto antes señalado. Si la medida de embargo recayese sobre cantidades líquidas de dinero, esta deberá practicarse hasta cubrir la.....
Juez/Ponente:
María del Socorro Camero Zerpa
Organo:
Juzgado Decimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
arriba

N° Expediente : AH1A-X-2009-000065 N° Sentencia : Fecha: 22/03/2010
Procedimiento:
Negativa De Medida Cautelar
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL, BOLÍVAR BANCO C.A. VS SOCIEDAD MERCANTIL TUCÁN PETROLEUM SERVICES DE VENEZUELA C.A.
Resumen:
Por los fundamentos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA EJECUTIVA), incoara la sociedad mercantil BOLÍVAR BANCO, C.A., contra la sociedad mercantil TUCAN PETROLEUM SERVICES DE VENEZUELA C.A., ampliamente identificados al inicio de este fallo, DECLARA: PRIMERO: SE ESTABLECE que el abogado JOSÉ RAFAEL GAMEZ BULOZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.338.363, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.984, no tiene facultad para actuar en el presente juicio. SEGUNDO: SE NIEGA el decreto de la medida de Embargo Preventivo, solicitada por el abogado RAFAEL GAMEZ BULOZ.
Juez/Ponente:
María del Socorro Camero Zerpa
Organo:
Juzgado Decimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AP11-V-2009-000609 N° Sentencia : Fecha: 22/03/2010
Procedimiento:
Fianza
Partes:
ANDRES ALFREDO ACOSTA DELGADO Y MARIA DE LOS REMEDIOS DELGADO DE ACOSTA VS YUMILI DEL VALLE ACUÑA LOPEZ
Resumen:
Vistas las diligencias de fecha: 23 de septiembre, 28 de octubre de 2009 y 03 de marzo de 2010, suscritas por la abogada YASMÍN CÓRDOBA BARRIOS, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual solicita se decrete medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un inmueble propiedad de la parte demandada, al respecto se observa: Este Tribunal antes de pronunciarse sobre el decreto de dicha medida, exige Fianza Principal y Solidaria de las establecidas en el artículo 590 del Código de Procedimiento Civil, hasta por la cantidad de SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 645.000,oo), que comprende el doble de la demanda, más las costas procesales, calculadas en un Quince por ciento (15%) del monto demandado. La Fianza exigida debe constituirla empresas de Seguros, Instituciones Bancarias o Instituciones Mercantiles de reconocida solvencia.
Juez/Ponente:
María del Socorro Camero Zerpa
Organo:
Juzgado Decimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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