Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE JUICIO, CONSTITUIDO DE MANERA UNIPERSONAL, DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO: Se CONDENA al ciudadano OSIRIS RAFAEL GUZMAN CORDERO Venezolano, natural del Estado Monagas, de 58 años de edad, por haber nacido en fecha 29/08/1952, Abogado, hijo de Rosa de Guzmán, (v), y de Nicolás Guzmán (f), titular de la cédula de identidad N° 3.701.666, domiciliado en la Calle 07, casa N° 03, Urbanización Los Guaritos III, canal 90, Maturín, Estado Monagas, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISION, por haberlo encontrado CULPABLE del delito de APROPIACION INDEBIDA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal Vigente para los hechos, hoy artículo 468 del Código Penal.-
Igualmente, se CONDENA a la accesoria de ley establecida en el art.....