DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del desistimiento presentado por los Abogados EINER ELÍAS BIEL MORALES y CARLOS ANTONIO CUNEMO JASPE, en su carácter de Defensores Privados del ciudadano JOSÉ ADMIRO URBINA PALMA, titular de la cédula de identidad N° V-5.635.406, en su condición de ACUSADO, de la Acción de Amparo Constitucional interpuesto en fecha veintidós (22) del mes de marzo del año dos mil veinticuatro (2024), contra el TRIBUNAL SEXTO (06º) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, en la causa signada con el N° 6J-3343-2022 (Nomenclatura de ese Tribunal de Instancia).
SEGUNDO: Se da por DESISTIDA la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los Abogados EINER ELÍA.....