Por los razonamientos antes señalados, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara ¿CON LUGAR¿ la demanda que por DESALOJO intentó la Sociedad en nombre Colectivo denominada UNIVERSAL, Bienes Raíces (Díaz, Gutiérrez, Hidalgo & CIA) mediante su Apoderada Judicial abogada PAULA CASTRO CARABAÑO,
inpreabogado Nº 20.309, en contra de la ciudadana GUILLEN RODRIGUEZ BELKIS ELIZABETH, todos identificados en autos, sobre un apartamento , ubicado en el primer (1er) piso del edificio Europa, marcado con el Nº 1, en la calle Sanchez Carrero, de esta ciudad de Maracay, Estado Aragua.-
En consecuencia quedan extinguidas las obligaciones derivadas del Contrato de Arrendamiento y se condena a la parte demandada a hacer entrega a la parte demandante del inmueble antes identificado.-
Asì mism.....