Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandante en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 21 de enero de 2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en La Victoria, y en consecuencia SE CONFIRMA la anterior decisión. SEGUNDO: PRESCRITA LA ACCIÓN intentada en la presente causa, y en consecuencia se declara SIN LUGAR LA DEMANDA interpuesta por los ciudadanos RAFAEL RENGEL, JOSÉ MORALES, ANDRÉS MOLINA, ERNESTO MARÍN, ALFREDO REBOLLEDO, LUIS RAMÍREZ, LALO PASTORI, PEDRO SALVO, HILARIO FLORES y JOSÉ RIVAS, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE TRANSITO Y VIALIDAD DEL MUNICIPIO JOSÉ FÉLIX RIBAS (INSATTRAVI) DEL EST.....