Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, y en consecuencia Extingue la Acción Penal, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 49.7, 300.3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 45 Ejusdem, a favor del ciudadano ARGENIS JOSE HERNANDEZ CHIRINOS, natural de Maracay, nacido el día 17-09-83, de 32 años de edad, Estado civil: soltero, profesión u oficio: Latonero, residenciado en: Brisas del Lago, Calle Monagas Nro. 28, Maracay, Estado Aragua, teléfono: 0424-3097003, titular de la cédula de identidad Nº V-17.701.045, por la presunta comisión por los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO y VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo, 39,.....