´Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte accionada, en consecuencia, se REVOCA la sentencia dictada el 20 de marzo de 2024, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, mediante la cual se declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos RICHARD IVÁN LA CRUZ AVENDAÑO, ya identificado, contra la sociedad mercantil ALIMENTOS POLAR COMERCIAL, C.A., PLANTA TURMERO, ya identificada. SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda de amparo que encabeza las presentes actuaciones.´