DECISIÓN
Por todo lo expuesto este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PRESCRIPCION DE LA PENA, en relación al penado RANGEL GUZMAN JACKSON DAVID, titular de la cédula de Identidad Nº V-16.863.852, y residenciado en BARRIO SAN CARLOS, CALLE LIBERTAD, CASA Nº 76, MARACAY, ESTADO ARAGUA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 112 ordinal 1° del Código Penal y en consecuencia la libertad plena de los prenombrados penados. Líbrese copia certificada de la presente decisión al Jefe de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales, al Director de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio de Justicia e Interior con sede en Caracas, al Departamento Legal del Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalísticas con sede en Caracas,.....