En relación con la Ley Adjetiva, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo otorga a la mediación un papel relevante como medio alterno de resolución de conflictos, al extremo de denominar a los jueces de Primera Instancia que conocen de la audiencia preliminar como de Sustanciación, Mediación y Ejecución. Estos jueces desarrollan una audiencia de parte, privada, desempeñando una función de mediadores que trata de acercar a las partes en sus posiciones, con el fin de que se logren acuerdos que pongan fin a la controversia y evitar la continuación del procedimiento en su fase de juicio o de controversia.
Desde el punto de vista de la redacción de la norma que consagra la audiencia preliminar y sus antecedentes, salta a la vista que la función primordial del funcionario judicial es la conciliación, en la cual el juez asume un papel activo, consistente en proponer a las partes alternativas concretas para que resuelvan de común acuerdo sus diferencias.
De lo anterior deviene el deber de todo .....