Se publica Sentencia donde se sanciona al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de la ley de Drogas, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, y en consecuencia lo CONDENA a cumplir la sanción de UN AÑO DE PRIVATIVA DE LIBERTAD, Y SUSCESIVAMENTE UN AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA, conforma a los artículos 622, 628 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, quien permanecerá en la Entidad Socio Educativa General José Francisco Bermúdez, a la orden de este Tribunal