DECISION
Por todos los razonamientos antes expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRADOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA; con sede en Maracay, de conformidad con lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCIÓN, del ciudadano JUAN ANTONIO DE JESUS CHACON CELIS, por omisión en la referida acta de defunción; el cual consiste en la omisión de su esposa sobreviviente ciudadana: OLGA LELIS BLANCO DE CHACON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad nro. V-3.129.191, y de su hija (descendiente) ciudadana: TAIDEE YAIJARY DE JESUS CHACON FRANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-30.380.977, como hija del fallecido, tal como se evidencia de la docume.....