éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano: ELIAS REYES IRUMBE GRANADILLO, venezolano y titular de la cédula de identidad Nº V.- 8.814.412, sobre unas bienhechurias levantadas en un lote de terreno municipal, constante de una superficie de CIENTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS (127,00 m2) ubicado en: Calle San Luís, casa Nº 10, Sector Las Mercedes, Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora, Entidad Federal del estado Aragua, cuyos linderos son: NORTE: En 18,60 Mts con Casa que es o fue de Mónica Ceballos; SUR: En 15,00 Mts con casa que es o fue de la Familia Hurtado; ESTE: En 5,00 + 1,23 Mts con casa que es o fue de Oswaldo Ceballos y OESTE: En 8,90 Mts con calle San Luís que es su frente; cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura a los veintidós (22) días del mes.....