este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, revisa el contenido de dicho escrito y observa que el Oferente ofrece la cantidad de Bs.60.094.452,77. Asimismo, se evidencia que el Oferido ciudadano NESTOR MEZA, cédula de identidad N°V-16.204.209, debidamente asistido de abogado, acepta dicho ofrecimiento por la cantidad de BOLÍVARES SESENTA MILLONES NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON SETENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs.60.094.452,77), por los siguientes conceptos: garantía de prestaciones sociales; intereses sobre prestaciones sociales; vacaciones; bono vacacional; utilidades; bono único. Asimismo, corresponde a este Tribunal verificar los términos del mencionado acuerdo de las partes, el cumplimiento de los requisitos previstos en el 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores .....