Ahora bien, vista y analizadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, así como transacción en la ejecución de la sentencia definitivamente firme, celebrada entre los ciudadanos JOSE ALEJANDRO GONCALVES ANDRADE y JOSE LUIS GONCALVES ANDRADE, titulares de las cédulas de identidad Nº V-17.815.464 y V-20.098.820, en su carácter de representantes de la parte demandada, sociedad mercantil PANADERIA Y PASTELERIA EL CAMINO AL PAN, inscrita en el Registro Mercantil VII de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 05 de noviembre del año 2010, bajo el Nº 26, tomo 123-A, reformada por acta inscrita ante la misma oficina de Registro Mercantil el día 09 de enero del año 2012, bajo el Nº 40, tomo 14-A, asistidos por el abogado SANTIAGO PUPPIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 127.956, y contando con la presencia del abogado SALIMA GONZALO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 55.950, en su carácter de apoderado judicial de la par.....