V
DISPOSITIVO
Por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos anteriormente este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PRIMERO: PROCEDENTE LA CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, Compañía Anónima "INVERSIONES R.C.C.A", inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, el día 28 de marzo de 1977, quedando asignada bajo el Nro. 53, tomo 38-A, sgdo, representada por la ciudadana JUANA PALMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-146.10.595, tal y como consta de Poder autenticado por la Notaría Pública de Turmero del estado Aragua, bajo el Nro. 25, Tomo 17, Folios 109 hasta 111, de fecha 26 de mayo de 2022. SEGUNDO: PROCEDENTE la demanda por EXTINCIÓN DE HIPOTECA incoad.....