En base a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad con lo estatuido en el artículo 311 y 312 del Código Orgánico Procesal Penal, NIEGA al ciudadano JOSE MIGUEL ALTAHONA ALVARRAN (ya identificada), la entrega del vehículo CLASE CAMIONETA, MARCA CHEVROLET, MODELO CHEYENNE 4X2 AUT, COLOR BLANCO, AÑO 2004, CLASE CAMIONETA, TIPO PICK-UP, USO CARGA, SERIAL DE CARROCERIA 8ZCEK14T24V304592, SERIAL DE MOTOR 24V304592, PLACAS 35U-VAS, y así se decide. Notifíquese de esta decisión. Cúmplase.
LA JUEZ,
ABG. EMPERATRIZ DEL PILAR DIAZ
LA SECRETARIA,
ABG. MIGDALIA SIRA ALVAREZ
En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se libraron boletas de notificación números _________________.
La Secretaria
Solicitud 6C-SOL-568/07