SEGUNDO: Por cuanto están llenas las exigencias del artículo 185-A, del Código Civil Vigente, éste Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos: ABRAHAM DAVID GONZÁLEZ CASTILLO y SENAIDA JOSEFINA BLANCO ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.139.462 y V-7.684.284 respectivamente; en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante el Juzgado Quinto de Parroquia del Departamento Libertador de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda,, anotada bajo el Nº 78 de los Libros llevados por ante esa Oficina y que riela en copia certificada al folio cinco (05) del expediente.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia del presente fallo.
Dada, S.....