razón por la cual este Tribunal no es competente por el territorio, y en virtud de ello, declina la competencia en el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR y FRANCISCO LINARES ALCANTARA DEL ESTADO ARAGUA. Líbrese oficio y remítase.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en Maracay, a los 22 días del mes de junio de dos mil nueve.- Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
LA JUEZ.,
ABOG. MARY FERNANDEZ PAREDES.
LA SECRETARIA.,
ABOG. KRISTEL Y. VASQUEZ FOSSI.
MFP/jjvg
Exp. 9978