Así mismo una vez presenciada la entrega de los cheques girados contra el Banco Venezolano MERCANTIL, a nombre de los trabajadores antes mencionados y vista la aceptación por parte de los mismos y dado que la misma no es contraria a derecho ni vulnera derecho laborales este tribunal OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, le IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN, de conformidad con los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 3 de la Ley Orgánica del Trabajo 11 del Reglamento de la misma y en consecuencia declara el carácter de cosa juzgada en relación a los trabajadores ya identificados. En relación a los Trabajadores ciudadanos WILLI FERNANDO TROYA ZAPATA, OMAR MANUEL MALUENGA FREITES, YILBERT MANUEL MALUENGA AZUAJE, ANTONIO MARIA ARAUJO MEJIAS, WUILIAN ERNESTO VERAMENDIS RIVERO Y GILBERTO JOS.....