PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer y tramitar la acción por INTIMACIÓN Y ESTIMACIÓN DE HONORARIOS incoada en fecha 11 de abril de 2011 por los Abogados YLSE CÁRDENAS y JUAN PABLO ZEIDEN MARTINEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 78.959 y 68.202, respectivamente, planteada en el asunto signado con el N° DP11-L-2008-000670 llevado por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta sede judicial, por demanda incoada por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES por la ciudadana GIOVANNA VILLAMIZAR NÚÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 12.470.299 y de este domicilio; contra la sociedad mercantil: "RECEM C.A.", y tramitado en el cuaderno separado N° DH11-X-2011-000004 nomenclatura interna de este Circuito Judicial Laboral. SEGUNDO: Se plantea el CONLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA cuya regulación corresponde resolver a los Juzgados Superiores del Circuito Judicial Laboral del Estado Arag.....