Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud, y ordena en forma sumaria la Rectificación de la Acta de Nacimiento de la ciudadana LUDMILA ANTONELLA LUGO RODRIGUEZ, donde dice: "el día Dieciocho de Marzo de Dos Mil Cinco, a las 01:15 a.m., debe decir: "el día Dieciséis de Diciembre de Dos Mil Cuatro, a las 01:15 a.m.". En consecuencia, este Tribunal ordena oficiar al Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua y al Registrador Principal del Estado Aragua, a fin de que estampen la debida nota marginal correspondiente en el Acta de Nacimiento de la ciudadana LUDMILA ANTONELLA LUGO RODRIGUEZ, supra identificada, la cual quedó anotada bajo el Acta N° 202, Tomo IV, de fecha 18 de Marzo de 2.005.