Probado como ha quedado lo alegado y visto que el error enunciado no amerita tramitación en Juicio Ordinario de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA , Este Tribunal procede a resolverlo meramente y en tal sentido este JUZGADO DEL MUNICIPIO ACOSTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia EN MOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR La rectificación solicitada y en consecuencia la letra "B" en el apellido BELLORIN de la solicitante y no "V" VELLORIN como erróneamente aparece en la Partida de Matrimonio, quedando así rectificada la misma. En consecuencia, estámpese la nota correspondiente en el Acta de Matrimonio de la ciudadana CARMEN ALEXANDRA SANCHEZ BELLORIN, inserta en el No. 03, Folios 4 su Vto. y 5. Remítase copia certificada de la presente decisión a las autoridades del Registro Correspondiente, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 502 y 506 del código Civi.....