V. DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, formulada por los ciudadanos BELEN MARGARITA JAIME y MANUEL SALVADOR ROUZ OLIVEROS, venezolanos, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.191.583 y V-7.277.808, respectivamente; debidamente asistidos por la abogada en ejercicio AURA TORREALBA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº166.650,, fundamentada en los mencionados principios, la Sala Constitucional de este tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia 693 de fecha 02 de Junio de 2.015. En consecuencia, se declara disuelto el Vínculo Matrimonial que los une, contraído en fecha 17 de Julio 1976, por .....