DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO formulada por la ciudadana: EGLEE DEL CARMEN DIAZ CAICEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-9.698.173; contra el ciudadano: DOUGLAS ORLANDO HERNANDEZ ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.660.957
SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Mariño del Estado Aragua en fecha 5 de Mayo del año 1.995, según consta en ACTA Nº 121, AÑO 1.995.
TERCERO: En cuanto a la liqui.....