este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria y ampliación del auto de admisión dictado por este Tribunal solicitado por la parte actora.
Publíquese, regístrese, déjese copia y agréguese al expediente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Tercero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay a los veintidós (22) días del mes de septiembre de 2015. Años: 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
LA JUEZA,
ABOG. MARIORLY RODRIGUEZ
LA SECRETARIA
ABOG. MILENE BRICEÑO.-
En esta misma fecha, siendo 3:25 p.m., se publicó y registró la anterior sentencia.
LA SECRETARIA
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