: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la entidad de trabajo PEPSICO ALIMENTOS S.C.A, beneficiaria del acto administrativo contra el Auto de fecha 27 de abril de 2015 que fija el lapso para presentar informes, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada bajo la motivación de esta alzada y en consecuencia, se declara IMPROCEDENTE la reapertura del lapso para informar. TERCERO: No se condena en costas dada la naturaleza de la presente decisión.