DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la Recusación planteada por el abogado MANUEL NUÑEZ, inscrito en el lnpreabogado bajo el Nro. 64.416, quien funge como apoderado judicial del ciudadano Manuel Alexander Rivero Díaz, en contra del ciudadano SERVIO O. FERNADEZ, Juez a cargo del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por no haber resultado temeraria la presente recusación, se le impone al abogado MANUEL NUÑEZ, inscrito en el lnpreabogado bajo el Nro. 64.416, una multa equivalente a diez (10) Unidades Tributarias, la cual debe ser cancelada en el lapso de t.....