Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos interpuesto por el abogado JUAN ISIDRO MEDINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 9.854, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JUAN ANTONIO HERRERA PADILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.157.944, contra el Acto Administrativo contenido en la Providencia Nº MC/000318 de fecha 08 de abril de 2015, emanada de la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda. SEGUNDO: CONFIRMA la referida Providencia Administrativa impugnada. TERCERO: SE DEJA SIN EFECTO la medida cautelar acordada por este Órgano Jurisdiccional, en fecha 09 de julio de 2015, así se decide......