en consecuencia este Tribunal OCTAVO de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en La Victoria, respetuoso de los Privilegios, otorgados al Municipio en todos los procedimientos y de conformidad a lo previsto en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, el cual se aplica analógicamente según lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, REPONE la presente causa al estado de notificar de la presente demanda al Municipio José Félix Ribas en la persona del ciudadano Alcalde y al Sindico Procurador Municipal de ese Municipio, en consecuencia SE ORDENA notificar mediante cartel de notificación a la parte demandada, que lo es, la ALCALDIA DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS, en la persona del ciudadano Alcalde de ese Municipio y mediante Oficio al Sindico Procurador Municipal del mismo Municipio, a fin de que comparezca por ante este .....