DECISIÓN
Por las razones y motivos anteriormente expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MARACAY en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, actuando en sede constitucional, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD intentada por CONSTRUCTORA OREKA, C.A. a través de su apoderado judicial FRANCISCO RAMÒN CHONG RON, antes identificado, contra Providencia Administrativa de fecha 13 de de septiembre de 2013, emitida en expediente N° 043-1201-01-06007, 043-12-0106014 y 043-12-01-06181 (causas acumuladas), dictada por la Inspectoría Del Trabajo De Los Municipios Atanasio Girardot, Mario Briceño Iragorry, Santiago Mariño, Francisco Linares Alcántara, Costa De Oro Y Libertador Del Estado Aragua, Con Sede En Maracay, que declaró con lugar el reenganche y pago de salarios caídos interpuesto por .....