Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Declara INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos Suheis Varela y Carlos González, actuando como Defensores Públicos del Adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), en contra de la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia, en funciones de Juicio, de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, fundamentándose en el artículo 428 literal "b" del Código Orgánico Procesal Penal.