DECISION: "....PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos abogados LEONARDO PADRON y JHORMANIS MOLINA ROJAS, titulares de la cedula de identidad nº V-20.220.987 y V-20.794.778 respectivamente, en su carácter de representantes de la víctima, y ANULAR la decisión dictada por el Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha 22 de octubre de 2018, en la causa signada bajo el Nº 8C-23.884-18. SEGUNDO: Se ANULA la decisión dictada por el Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha 22 de octubre de 2018, en la causa signada bajo el Nº 8C-23.884-18 (Nomenclatura del Juzgado de Instancia), mediante la cual el Órgano Jurisdiccional prenombrado Declaró: entre otros pronunciamientos la admisión de los medios probatorios ofrecidos por la Defensa Privada, consistentes en la promoción de las testimoniales de los ciudadan.....