D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio por Desafecto, presentado por la ciudadana, MARISOL VIVAS MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-10.758.953, asistida en este acto por la abogada en ejercicio, MAGALLY TOVAR CASTELLANOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 187.624, en contra del ciudadano LUIS RICARDO NOGUERA VILLANUEVA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.928.617, número telefónico 0412/598.41.79. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del estado estado Aragu.....