Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 17 de septiembre de 2025, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, y en consecuencia SE REVOCA la anterior decisión. SEGUNDO: SE REPONE LA CAUSA al estado que el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo con sede en Maracay, fije oportunidad para la celebración de la prolongación de la audiencia de juicio. TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.