Por lo tanto, éste Tribunal Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los Ciudadanos GONZALEZ LIZCANO JOSE GREGORIO Y BLANCO SOLORZANO BETSY LISBETH, venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio, cónyuges, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-16.685.221 y V-17.043.561 respectivamente, y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA, según acta de matrimonio N° 7, Tomo III-A, folio N° 20-21-22, de fecha 27 de Julio de 2.004. Ofíciese lo conducente al Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua y al Registro Principal del Estado Aragua, a los fines que estampen la nota marginal correspondiente.
Publíquese, Regístrese y Déje.....